El juez Casanello dictó la sentencia luego de que la fiscalía admitiera que en diez años de investigación, no encontró una sola prueba contra la vicepresidenta.
El juez Sebastián Casanello ha sobreseído a la vicepresidenta Cristina Kirchner en el caso conocido como "La ruta del dinero K". El fallo del magistrado sigue la línea del dictamen del fiscal Guillermo Marijuán, quien después de diez años de tener el caso en sus manos determinó que nunca hubo pruebas contra la ex mandataria.
En su resolución, el juez ha acatado la solicitud de sobreseimiento presentada por la fiscalía y ha considerado que se cumplieron los requisitos de razonabilidad y legalidad en dicha petición. Se muestra satisfecho por haber seguido el ordenamiento legal en el análisis e interpretación de los elementos del expediente, los cuales no proporcionaron pruebas suficientes para sostener la imputación.
En resumen, no se encontraron evidencias de que la ex mandataria estuviera involucrada en el lavado de dinero por el cual el empresario Lázaro Báez fue condenado.
Con este fallo, el juez ha puesto fin a otro de los escandalosos procesos contra Cristina Kirchner, en los cuales un sector del Poder Judicial, respaldado por los medios de comunicación hegemónicos, ha priorizado la espectacularidad en lugar de aportar pruebas concretas de presuntos delitos.
Durante años, la acusación se basó tanto en el dictamen de Marijuán como en los informes de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Unidad de Información Financiera (UIF), los cuales desacreditaron las acusaciones de la ONG macrista querellante Bases Republicanas.
La resolución de Casanello establece el sobreseimiento de Cristina Elisabet Fernández en relación a los hechos por los cuales fue indagada. Además, declara que la formación del presente sumario no afecta su buen nombre y honor.
En sus fundamentos, el juez respalda la decisión del fiscal Marijuán de retirar la acusación, considerando agotadas las medidas de prueba para determinar si la ex mandataria participó en las operaciones de lavado de dinero atribuidas a Lázaro Báez y su entorno.
El juez determina que, sin una acusación, no es posible llevar a cabo un proceso penal y señala que su jurisdicción está limitada por la pretensión requerida por la acusación y no puede suplir la función punitiva del Estado.
En conclusión, el juez Casanello ha seguido el pedido de sobreseimiento de la fiscalía y ha basado su decisión en los fundamentos presentados por esta. Al no existir una acusación, su tarea se limita a examinar los requisitos de razonabilidad de dicho pedido y no puede ir más allá de él.
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