Reforma laboral: el contenido definitivo de una ley que cambia las reglas del trabajo y pasa a diputados
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Convenios por empresa, tope indemnizatorio, banco de horas y un fondo que reemplaza el sistema de juicios. El Gobierno logró su media sanción pero tuvo que ceder en Ganancias, billeteras virtuales y aportes sindicales.

Después de catorce horas de debate, cuatro intervenciones del oficialismo para ajustar artículos sobre la marcha y una movilización sindical que rodeó el Congreso sin lograr torcer voluntades, el Senado dio media sanción a la Ley de Modernización Laboral impulsada por Javier Milei. El proyecto, que ahora viaja a Diputados, modifica de manera estructural la Ley de Contrato de Trabajo y el sistema de relaciones laborales vigente desde hace más de cuatro décadas. Esta es la fotografía completa de cómo quedó el texto después de las concesiones de último minuto.
Convenios por empresa: el fin del paraguas sectorial
El cambio más disruptivo es la habilitación de convenios colectivos por empresa. Hasta ahora, un convenio de actividad —por ejemplo, el de comercio o el metalúrgico— fijaba un piso común para todas las compañías de ese rubro. Con la nueva ley, cada empresa podrá negociar condiciones particulares con sus trabajadores o con el sindicato de base, incluso si esas condiciones son inferiores a las del convenio general. El oficialismo sostiene que esto permitirá "adaptar la realidad productiva a cada compañía". Los gremios advierten que es el principio del fin de la negociación colectiva centralizada y que abrirá la puerta a una competencia a la baja de salarios y derechos.
Indemnizaciones: tope, cuotas y un fondo polémico
El sistema de indemnizaciones sufre una transformación profunda. Se establece un tope indemnizatorio basado en el mejor salario mensual normal y habitual del trabajador, pero excluyendo aguinaldo, bonos por productividad, horas extras y vacaciones. El cálculo ya no lo definirá un juez, sino una fórmula indexada por inflación más un plus anual del 3%.
Además, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) , una cuenta de capitalización individual que cada empleador deberá constituir para afrontar futuras indemnizaciones. El aporte será diferenciado: 1% de la masa salarial para grandes empresas y 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas. El ministro de Economía, Luis Caputo, podrá incrementar esos porcentajes hasta 0,5 puntos adicionales si la meta fiscal lo exige, aunque con control de la Comisión Bicameral de Previsión Social.
Las sentencias judiciales condenatorias también podrán cancelarse en cuotas: hasta seis cuotas para grandes empresas y hasta doce para pymes, actualizadas por el mismo índice. La oposición denunció que este esquema replica el modelo de las AFJP y que el manejo de los fondos quedará en manos de administradoras privadas cuyos nombres, advirtió el senador Mariano Recalde, "vamos a conocer cuando volvamos al gobierno y los mandemos presos".
Banco de horas y vacaciones flexibles
La jornada laboral podrá extenderse hasta doce horas diarias mediante un sistema de banco de horas acordado entre las partes. Las horas extra trabajadas no se pagarán necesariamente como tal, sino que podrán compensarse con días de franco o jornadas reducidas en otro momento del año . La ley garantiza un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales.
El régimen de vacaciones también se flexibiliza. Podrán fraccionarse en bloques no inferiores a siete días corridos y, salvo que el convenio colectivo disponga otra cosa, tomarse entre octubre y abril. Cada tres años, el trabajador tiene derecho a que su receso coincida con el período estival.
Licencias por enfermedad: menos días y menos plata
Uno de los cambios más resistidos modifica el régimen de licencias pagas por enfermedad o accidente. Si la dolencia no deriva del trabajo y responde a una acción voluntaria del empleado, este percibirá el 50% de su salario durante tres meses (seis si tiene personas a cargo). Si la incapacidad no es consecuencia de una actividad riesgosa, la cobertura será del 75%. En todos los casos, si el empleador cuestiona el diagnóstico, se podrá convocar a una Junta Médica en instituciones públicas o privadas, cuyo costo asumirá la empresa.
El blindaje de las cajas sindicales
El proyecto original establecía que los aportes solidarios obligatorios para trabajadores afiliados y no afiliados —una de las principales fuentes de financiamiento de los gremios— tenían fecha de vencimiento: el 1° de enero de 2028. A partir de allí, serían voluntarios. Esa cláusula desapareció del texto final. Las contribuciones especiales a cargo de empresas y cámaras también mantienen su automaticidad, aunque con un tope del 0,5%. La cuota sindical obligatoria para afiliados y no afiliados se sostiene con un límite del 2% del salario durante dos años.
El PRO, que había pedido reinstalar la voluntariedad de los aportes, fue rechazado por Patricia Bullrich. La misma suerte corrió el intento de incluir nuevamente el pago de salarios mediante billeteras virtuales. "Hay ciertas cosas que tienen que sostener tutela", argumentaron desde el oficialismo, dejando la puerta entreabierta a una futura reglamentación del Banco Central.
Plataformas digitales y la no relación de dependencia
El capítulo de economía de plataformas establece que el vínculo entre repartidores y aplicaciones como Uber, Rappi o PedidosYa no constituye relación laboral, sino un "contrato de servicio independiente". La única obligación de las empresas será garantizar un seguro de salud mientras el trabajador ejerce su actividad, pero el costo podrá ser acordado libremente entre las partes.
Asambleas: con permiso y sin sueldo
Las asambleas sindicales en el lugar de trabajo quedan estrictamente reguladas. Deberán contar con autorización previa del empleador y no podrán afectar "el normal desarrollo de las actividades de la empresa". Además, "el trabajador no devengará salarios durante el tiempo de la misma".
Servicios esenciales: el 75% de garantía
Se amplía el catálogo de actividades consideradas servicios esenciales y, por lo tanto, sujetas a servicios mínimos durante huelgas. La lista incluye telecomunicaciones, hospitales, recolección de residuos, aeronáutica comercial, control de tráfico portuario, servicios aduaneros y migratorios, y educación en todos sus niveles salvo el universitario. En todos los casos, deberá garantizarse al menos el 75% de la prestación normal.
Período de prueba, blanqueo y extinción de estatutos
El período de prueba se extiende y se flexibiliza, aunque el texto final no especifica plazos únicos. Se crea un Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) que ofrece beneficios impositivos por cuatro años a quienes contraten trabajadores desempleados o monotributistas, y una ventana de seis meses para el blanqueo de personal no registrado.
La derogación de los estatutos profesionales especiales (periodistas, viajantes de comercio, etc.) se implementará recién el 1° de enero de 2027, dando un plazo de 180 días desde la sanción de la ley para que cada sector negocie nuevos convenios. El principio de ultraactividad —que mantenía vigente un convenio vencido hasta que se negociara uno nuevo— se elimina sin atenuantes.
El precio político de la victoria
El Gobierno consiguió los 42 votos, pero el costo fue alto. Perdió el capítulo de Ganancias, que restaba más de $2 billones de la coparticipación y era el emblema fiscal de la ley. Perdió la desregulación financiera que prometía pagar sueldos con billeteras virtuales. Perdió el fin de los aportes sindicales obligatorios. Y perdió la posibilidad de mostrar una victoria sin concesiones.
Ahora el proyecto gira a Diputados, donde el oficialismo deberá repetir la ingeniería de acuerdos. La oposición ya anticipa que intentará introducir modificaciones. Cualquier cambio obligará a devolver el texto al Senado y postergará la sanción definitiva más allá del 1° de marzo, la fecha que Milei se fijó para inaugurar las sesiones ordinarias con la ley bajo el brazo. El sueño refundacional, otra vez, deberá esperar.








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