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Comenzó la veda electoral, ¿qué está prohibido?

  • Foto del escritor: Ambito Tucumano
    Ambito Tucumano
  • 11 ago 2023
  • 2 Min. de lectura

A 48 horas de las PASO ya rige la veda y el incumplimiento de la misma trae saciones. Mirá qué no se puede hacer en estos días.


Este domingo, en todo el territorio argentino, se llevarán a cabo las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), un proceso fundamental para el ejercicio democrático del país. Sin embargo, horas antes de que los ciudadanos ejerzan su derecho al voto, entra en juego un concepto crucial: la veda electoral. En el marco del respeto por los procesos electorales, la veda busca mantener un "silencio electoral" o "jornada de reflexión", que impone ciertas restricciones y prohibiciones a los ciudadanos y actores políticos.


El Código Electoral Nacional establece en su inciso f del artículo 71 que está prohibido "realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo". Esto significa que durante este período, que abarca desde 48 horas antes del inicio de la elección hasta el cierre de la misma, hay una serie de acciones que están vedadas.


Las sanciones por incumplimiento de la veda electoral pueden variar dependiendo de la infracción cometida. La venta de bebidas alcohólicas durante el período de veda conlleva una pena de cárcel que oscila entre 15 días y seis meses. En el caso de la organización de espectáculos masivos, las sanciones pueden ir desde 15 días hasta 6 meses. Además, la coacción electoral, que implica forzar o coaccionar a un votante, puede resultar en penas de cárcel que van desde 2 meses hasta 2 años.


Una de las restricciones más destacadas es la prohibición de publicar encuestas, proyecciones o sondeos de opinión, así como cualquier referencia a datos electorales, desde el inicio del proceso electoral hasta tres horas después del cierre de los comicios.


La lista de acciones prohibidas durante la veda electoral incluye:

  1. Actos públicos de campaña y proselitismo electoral.

  2. Espectáculos populares al aire libre o en espacios cerrados.

  3. Portación de armas.

  4. Portación de banderas, insignias o distintivos partidarios.

  5. Venta de bebidas alcohólicas, permitida hasta las 20 horas del sábado previo a la elección.

  6. Ofrecer boletas para el voto dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.

  7. Publicación y difusión de encuestas o sondeos.

Estas restricciones buscan garantizar la equidad y la transparencia en el proceso electoral, evitando influencias y manipulaciones de última hora. El respeto por la veda electoral es esencial para preservar la integridad de las elecciones y permitir que los ciudadanos ejerzan su derecho al voto de manera libre y consciente.





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